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Ley de Reconstrucción Nacional
Ley 21.850: cambios tributarios para pymes en Chile

Andrés Liberman
Fundador y CEO de Cenit
Nueva Ley de Reconstrucción Nacional (Ley 21.850): ¿qué cambia para las pymes en Chile?
La nueva ley trae cambios en los impuestos de las empresas, beneficios para contratar trabajadores y medidas para impulsar la inversión. Te explicamos qué cambia, desde cuándo y cómo puede afectar a tu negocio.
Actualizado: 2 de noviembre de 2026 | Lectura: 6 minutos
El 17 de octubre de 2026 se publicó la Ley 21.850, de Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y Social, una nueva normativa que introduce importantes modificaciones al sistema tributario chileno.
Aunque su objetivo incluye financiar la reconstrucción de las zonas afectadas por los incendios en Valparaíso, Ñuble y Biobío, también incorpora medidas que afectan a empresas, emprendedores y contribuyentes de todo Chile.
¿Van a bajar los impuestos de tu pyme? ¿Hay nuevos beneficios si contratas trabajadores? ¿Qué pasa con las declaraciones de impuestos?
En Cenit te explicamos los principales cambios, sin enredos.
1. Bajan los impuestos a las empresas, pero no para todas por igual
Uno de los cambios más importantes de la nueva ley es la reducción gradual del Impuesto de Primera Categoría, que es el impuesto que pagan las empresas sobre sus utilidades.
Para las empresas del régimen general, la tasa bajará progresivamente desde el 27% hasta llegar al 23%.
Año comercial | Impuesto |
|---|---|
2026 | 27% |
2027 | 25,5% |
2028 | 24% |
2029 en adelante | 23% |
¿Qué significa esto en la práctica?
Una empresa del régimen general que genere $30 millones de utilidad tributable anual pagaría, considerando únicamente la tasa del impuesto corporativo:
Con una tasa de 27%: $8.100.000.
Con una tasa de 23%: $6.900.000.
Es decir, una diferencia de $1.200.000 al año, suponiendo que mantiene las mismas utilidades y condiciones tributarias.
¿Y qué pasa con las pymes?
Aquí está uno de los puntos más importantes: si tu empresa pertenece al régimen Pro Pyme, no significa que su impuesto baje inmediatamente al 23%.
Las empresas del régimen Pro Pyme General mantienen las tasas transitorias establecidas anteriormente:
Año comercial | Tasa Pro Pyme General |
|---|---|
2026 | 12,5% |
2027 | 12,5% |
2028 | 15% |
Desde 2029 | 23% |
Las tasas transitorias de 12,5% y 15% están sujetas a sus respectivos requisitos legales.
Es importante recordar que las empresas acogidas al régimen Pro Pyme Transparente (14D8) tienen un tratamiento distinto: no pagan Impuesto de Primera Categoría a nivel de empresa, porque sus utilidades tributan directamente en los impuestos finales de sus propietarios.
En resumen: antes de calcular cuánto pagarás, es fundamental saber en qué régimen tributario está tu empresa.
2. Nuevas facilidades para pagar deudas tributarias: hasta 48 cuotas
Si tu pyme tiene impuestos atrasados, esta puede ser una de las medidas más importantes de la nueva ley.
La Ley 21.850 contempla condiciones extraordinarias para que personas naturales y micro, pequeñas y medianas empresas puedan regularizar determinadas deudas tributarias con la Tesorería General de la República (TGR).
Los beneficios incluyen:
Pago al contado: condonación de hasta el 100% de los intereses y hasta el 80% de las multas.
Convenios de pago: posibilidad de pagar en hasta 48 cuotas mensuales.
Condonación en convenios: hasta el 95% de los intereses y hasta el 75% de las multas.
Pie inicial: al menos el 10% del capital original adeudado.
Por ejemplo, si tu empresa tiene una deuda de impuestos que ha acumulado intereses y multas, podría acceder a una reducción importante de esos recargos y pagar el capital pendiente en cuotas.
¡Ojo! Los porcentajes son máximos, no descuentos automáticos. Además, el incumplimiento de las cuotas puede provocar la pérdida del convenio y de las condonaciones otorgadas.
¿Qué deberías hacer?
Si tienes IVA u otros impuestos pendientes, revisa tus deudas en la Tesorería y consulta las condiciones vigentes para acogerte a los beneficios extraordinarios.
3. Nuevos beneficios tributarios por contratar trabajadores
La ley también incorpora un crédito tributario asociado al pago de remuneraciones, orientado a incentivar el empleo en determinadas actividades, especialmente las vinculadas con la exportación de servicios de la economía digital.
El beneficio contempla porcentajes diferenciados según la ubicación de los trabajadores. Para entenderlo fácil: el beneficio base es de 15%, con una bonificación adicional de 5% para ciertas operaciones fuera de la Región Metropolitana o en comunas rurales de esta, siempre que cumplan las condiciones.
El crédito tiene un tope anual de 75 UTM y aplica a determinados servicios exportados, no a todas las contrataciones. No se trata de un descuento automático sobre todas las remuneraciones ni de un beneficio disponible para cualquier empresa. Su aplicación depende de las actividades, gastos y requisitos definidos por la normativa.
¿Cómo afecta a tu pyme?
Si tu empresa desarrolla actividades que califican para este beneficio, podría disminuir el Impuesto de Primera Categoría que debe pagar.
Es especialmente relevante para empresas tecnológicas y negocios que exportan servicios desde Chile.
4. Cambios en los beneficios por capacitación de trabajadores
Si tu empresa utiliza la franquicia tributaria SENCE para capacitar a sus trabajadores, hay otra modificación importante.
La ley reduce el límite general de la franquicia desde el 1% al 0,7% de las remuneraciones imponibles, además de introducir otras condiciones y restricciones.
Esto significa que algunas empresas podrían disponer de un menor beneficio tributario para financiar capacitaciones.
¿Qué deberías hacer?
Si tu pyme tiene un presupuesto de capacitación para 2027, revisa cuánto podrás descontar de impuestos bajo las nuevas reglas antes de comprometer esos gastos.
5. Cambia la forma en que tributan las utilidades de los dueños de empresas
La ley también contempla una reintegración gradual del sistema tributario.
¿Qué significa esto?
En términos simples, cuando una empresa paga impuestos por sus utilidades y luego distribuye esas ganancias a sus propietarios, el impuesto pagado por la empresa puede utilizarse como crédito contra los impuestos personales de sus dueños.
En el régimen general parcialmente integrado, actualmente existen restricciones al uso de ese crédito.
La nueva ley reduce gradualmente esas restricciones hasta permitir la utilización íntegra del crédito, conforme a las reglas del régimen.
¿Por qué importa?
Porque puede modificar la carga tributaria total que enfrentan los propietarios al retirar o distribuir utilidades.
Este cambio es especialmente relevante para los dueños de empresas sujetas al régimen general. Ojo que las empresas Pro Pyme ya cuentan con reglas diferentes de integración. Si eres pyme, lo más probable es que este cambio no te afecte directamente.
6. Un impuesto especial de 10% para ciertas utilidades acumuladas
La ley establece una alternativa transitoria para regularizar la tributación de determinadas utilidades empresariales acumuladas.
Se trata del Impuesto Único y Sustitutivo de Impuestos Finales (IUSIF), con una tasa de 10%.
Este mecanismo permite que ciertas utilidades antiguas, que mantienen impuestos finales pendientes, puedan acogerse a un tratamiento tributario especial.
No todas las empresas califican y no significa que cualquier utilidad acumulada pueda retirarse pagando solamente 10%.
¿Cómo saber si te sirve?
Si tu empresa tiene utilidades tributarias acumuladas de años anteriores, revisa sus registros tributarios con tu contador Cenit para determinar si puede acogerse al beneficio.
7. Otros cambios que podrían afectar a tu negocio
La ley también incorpora medidas para sectores y situaciones específicas.
Construcción e inmobiliarias: se establece una exención transitoria del IVA para determinadas primeras ventas de viviendas nuevas, durante un período de un año y bajo requisitos especiales.
Empresas que financian tratamientos médicos: se crea un crédito contra el Impuesto de Primera Categoría para empleadores que financien ciertos tratamientos de enfermedades catastróficas de trabajadores o familiares, con un límite de 150 UTM por trabajador.
Empresas con inversiones relevantes: se incorpora un régimen de invariabilidad tributaria para proyectos de inversión que cumplan requisitos específicos.
Contribuyentes con bienes en el extranjero: se establece una alternativa extraordinaria y temporal para declarar determinadas rentas y bienes que no fueron oportunamente declarados o gravados en Chile.
No todas estas medidas aplicarán a la mayoría de las pequeñas empresas, pero pueden representar oportunidades para negocios que cumplan los requisitos.
8. ¿Cuándo comienzan a aplicarse los cambios?
No todas las disposiciones de la nueva ley entran en vigencia al mismo tiempo.
Estas son algunas de las fechas más relevantes:
Fecha | Cambio |
|---|---|
17 de octubre de 2026 | Publicación de la ley e inicio del régimen especial IUSIF |
2 de noviembre de 2026 | Inicio del crédito tributario por remuneraciones |
Diciembre de 2026 | Inicio de determinados beneficios transitorios en vivienda y donaciones |
1 de enero de 2027 | Cambios en SENCE y otros beneficios tributarios |
2027–2029 | Reducción gradual del impuesto corporativo del régimen general |
2029 | Tasa de 23% para el régimen general y Pro Pyme General, conforme a las reglas aplicables |
Las fechas de aplicación deben revisarse según el beneficio y la situación particular del contribuyente.
9. ¿Qué deberías hacer si eres dueño de una pyme?
No necesitas cambiar toda la contabilidad de tu empresa por la nueva ley, pero sí conviene revisar algunos puntos:
Identifica tu régimen tributario. No es lo mismo estar en Pro Pyme General, Pro Pyme Transparente o Régimen General.
Revisa tus impuestos proyectados. Evalúa cómo podrían cambiar tus obligaciones tributarias en los próximos años.
Evalúa los nuevos beneficios. Si exportas servicios, contratas trabajadores o inviertes en capacitación, revisa si las nuevas disposiciones te afectan.
Mantén tus declaraciones al día. Las modificaciones de la ley no eliminan las obligaciones habituales de declarar y pagar IVA, renta y otros impuestos.
Planifica con anticipación. Considera los cambios tributarios al proyectar tu flujo de caja y las utilidades de tu negocio.
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Las leyes tributarias cambian, pero hay algo que sigue siendo fundamental para cualquier negocio: saber cuánto debes pagar, cuándo hacerlo y si estás al día con el SII.
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Este artículo entrega información general sobre la Ley 21.850 y no reemplaza la asesoría tributaria especializada. La aplicación de cada beneficio depende del régimen, los requisitos legales y las instrucciones del SII.
Fuentes:
Ley 21.850 — Biblioteca del Congreso Nacional
